Poliza de Seguro Berkley

Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada. Club centenario de senderismo, montañismo y esquí. Propietario del Refugio San Francisco, Refugio de Montaña Guardado.

Hola, caminantes! Para quienes habéis suscrito la póliza de accidentes de Berkley, adjunto extracto de condiciones de la póliza, así como documento de declaración de siniestro y documento de protocolo de actuación en caso de siniestro, por si lo necesitárais. Esta documentación estará disponible también en nuestra web.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE DEPORTIVO:


MODALIDAD DE ASITENCIA SANITARIA AL ACCIDENTADO EN CENTROS CONCERTADOS.
En caso de accidente deportivo, el Asegurado-lesionado, el Tomador o la persona en la que este delegue, deberán comunicar e accidente, inmediatamente después de su ocurrencia, al Asegurador(BERKLEY), llamando al teléfono del CENTRO DE ATENCIÓN 24 horas de Berkley España:

El Asegurado-lesionado acudirá al Centro Médico concertado que previamente le haya indicado el Centro de Atención Telefónica, indicando el número de expediente facilitado por el Centro de Atención Telefónica(Imprescindible para recibir asistencia), así como cualquier otra documentación que se establezca en el protocolo de actuación de la póliza.


En casos de URGENCIA VITAL (Situación Grave que requiere atención médica urgente por encontrarse comprometida la vida del Asegurado de forma inminente), el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo. En estos casos BERKLEY España se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha e ocurrencia del accidente garantizado en la póliza.


Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado al Centro Médico Concertado designado por el Asegurador para continuar su tratamiento.

En caso de permanencia injustificada en centro médico NO CONCERTADO, BERKLEY España no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios prestados.
Será necesario tener la autorización previa del Asegurador para realizar las siguientes pruebas y tratamientos:
 Pruebas especiales de diagnóstico (TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias, etc.)
 Intervenciones Quirúrgicas.
 Rehabilitación.
 Consultas de Especialistas.
Para la petición de pruebas y tratamientos que precisan previa autorización, el asegurado- lesionado, el tomador del seguro o persona en quien este delegue, el médico o el Centro médico concertado, solicitará a BERKLEY España la autorización de dichas pruebas y/o tratamientos, acompañando copia del informe médico detallado y prescripción del facultativo.
Una ver analizada la documentación el Asegurador autorizará o denegará la prueba o tratamiento solicitado.
Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado. Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a BERKLEY España el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente.
Los desplazamientos en ambulancia solamente quedan cubiertos en caso de URGENCIA VITAL Y LESIONES GRAVES, mediante prescripción médica.
El Centro de Atención de la Compañía Aseguradora llevará a cabo los oportunos seguimientos que casa caso requiera, para determinar las necesidades y gestiones a realizar.
Una vez que ha ocurrido el accidente, una vez recibida la asistencia que urgencias se tiene que remitir a Berkley la siguiente documentación
 Parte de accidentes “DECLARACIÓN DE SINIESTRO DE ACCIDENTES firmado por el tomador y el accidentado.
 Informe de urgencias.
Al siguiente correo electrónico:

berkleyaccidentes@hna.es

GASTOS DE RESCATE.
La presente cobertura tiene un límite de 4.500 €.
En caso de accidente deportivo que requiera rescate (por ejemplo a través de helicóptero y este gasto se le exija al accidentado), este gasto lo deberá abonar el perjudicado y una vez presentada la factura, y documentación relativa al accidente se le reembolsará al accidentado.


AMBITO GEOGRÁFICO DE COBERTURA DE LA PÓLIZA.
El ámbito de cobertura es MUNDIAL.
Para accidentes acaecidos fuera del Territorio Nacional Español, la prestación se realizará mediante reembolso de gastos
En el extranjero, sólo estará operativa la cobertura de Asistencia Sanitaria y rescate.
*Asistencia sanitaria: hasta 6.000€.
*Gastos de rescate: hasta 4.500€.
El asegurado-lesionado, el Tomador del seguro o la persona en quien este delegue deberá remitir al Asegurador, en un plazo no superior a 48 horas desde la comunicación del accidente, el impreso “DECLARACIÓN DE SINIESTRO DE ACCIDENTES” debidamente cumplimentado, el DNI del Asegurado-lesionado, así como cualquier otro documento que se establezca en el protocolo de actuación.

PROTOCOLO-DE-ACTUACION-EN-CASO-DE-ACCIDENTE-BERKLEY-2026